Taller «Nueva ley de subcontratación».


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Un excelente taller sobre la ley de subcontratación que será próximamente promulgada por el parlamento realizó la Confederación Bancaria con el objeto de capacitar a todos los dirigentes bancarios que conforman la organización a este encuentro asistió una cuarentena de delegados. El seminario estuvo a cargo de la Ex-Directora del Trabajo María Ester Feres.

La Confederación Bancaria dentro de todas las actividades que realiza y promueve en su búsqueda por fortalecer y cohesionar más la organización, están los seminarios de capacitación y transmisión de conocimientos para los dirigentes. Son diversas las personalidades del mundo académico y profesional que de una u otra forma mantienen relaciones profesionales y de fraternidad con nuestros dirigentes. Prácticamente todos los meses alguna persona relevante del quehacer intelectual y nacional se acerca hasta la sede de nuestra organización con la finalidad de transmitir sus saberes y experiencias con el fin de aportar algo nuevo a los dirigentes bancarios para que estos cuenten con las herramientas necesarias para un mejor desempeño en los fines y facultades otorgadas por sus asociados ,además de convertirse estos en nuevos canales de transmisión y retroalimentación de nuevas inquietudes que van surgiendo en el mundo sindical y bancario.

Esta vez el turno fue de la Sra María Ester Feres, destacada abogada y Ex-Directora Nacional del Trabajo. Su asistencia a este encuentro era esperado con entusiasmo por los más de cuarenta dirigentes (Entre directores nacionales y dirigentes bases) que se reunieron el día 25 de Julio a las 10 hrs en la sede de nuestra organización. El tema a tratar en esta oportunidad era «la ley de subcontratación», ley nueva y fundamental para todo el mundo del trabajo y que aún se encuentra en proceso para ser promulgada.

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Un poquito retrazada; pero con el ánimo intacto llegó la destacada académica al encuentro: chispeante, alegre «y con una y otra talla para los dirigentes que se encontraban expectantes a la intervención «lo que provocó algunas risas de los compañeros» – se presentó esta mujer brillante, inteligentísima y radiante de conocimientos y experiencia. No hubo un sólo instante (durante las más de dos horas que duró el encuentro) en que algún dirigente haya perdido el interés de lo que se haya hablado. De principio a fin lo que habló la jurista fue del máximo disfrute para nuestros dirigentes y así se lo hicieron saber con la ronda de preguntas que se le formularon al finalizar la exposición. Además al termino de esta y cuando la mayoría de nuestros compañeros había dejado el recinto María Ester, permaneció conversando y contestando las últimas preguntas de los compañeros que quedaban.

Sabiduría, erudición y simpatía irradió la destacada profesional que nos acompañó en esta oportunidad, a quién esperamos tenerla prontamente en nuestra organización con un nuevo tema de interés para nuestros asociados.

Algunas ideas:

-La nueva normativa establece una definición para el concepto de empresa la cual establece que es «Toda organización de medios personales, materiales e inmateriales ordenados bajo la dirección de un empleador, para el logro de fines económicos, sociales, culturales o benéficos». (Art. 183).

Sobre lo relevante de esta nueva disposición la abogada dice «que aporta a precisar la frecuente superposición, jurídicamente incorrecta, entre los conceptos de empleador y el de empresa. Reafirma la jurisprudencia judicial unánime, que hace primar el concepto de empleador, en base a la subordinación y dependencia. Podría reforzar las facultades de fiscalización en tanto el Art. 3 inhibe y dificulta la acción inspectiva. Ayudaría a reforzar el ejercicio de los derechos colectivos (sindicalización y negociación colectiva)».

– Nuevas normas sustituyen el término de «Empresa Mandante» por el de «Empresa Principal».

– Estado de tramitación del proyecto: este se encuentra aprobado por ambas cámaras incluido el veto presidencial. Actualmente se encuentra para fallo del tribunal constitucional, por reclamo de la UDI y RN.

-Entrada en vigencia de las nuevas normas: Emitido el pronunciamiento del TC se envía al ejecutivo para su promulgación. Después debe ser publicado en el diario oficial. La nueva ley entra en vigencia 90 días después de su publicación. Empresas de servicios transitorios en operación tienen 180 días desde la publicación de la ley para solicitar inscripción en un registro en la Dirección del Trabajo (implica continuidad de funcionamiento en el período sin obligación de acogerse a la nueva normativa) etc.

Esta presentación completa se encuentra disponible en la Confederación Bancaria.

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