Las comisiones ocultas de las AFP


En una columna de opinión el subsecretario de previsión social, Manuel Barraza, explicó una promesa del sistema de AFP que no se cumplió; que el nuevo sistema iba a resultar más económico para el estado. De las pensiones que actualmente se pagan en Chile, el 70% es con recursos del estado y solamente el 30% las paga el sector privado. “Es un dato que impacta, pues no obstante la preeminencia institucional del modelo de capitalización individual, en Chile, siete de cada $ 10 pagados en pensiones corresponden a gasto público.[1] Se trata de un sistema caro para el estado.

Pero también es un sistema más caro para los afiliados de lo que habitualmente se cree. La Dirección de Estudios de la Secretaria de Previsión Social, publicó en noviembre pasado su NOTA TÉCNICA Nº1, con el título “Los costos de las comisiones pagadas por los cotizantes en el Sistema AFP”.[2]

Todos sabemos que las AFP cobran una comisión por administrar los fondos previsionales. Para que parezca pequeña se suele informar como porcentaje de la remuneración imponible total, en realidad hay que considerar el coste de esta comisión sobre el monto mensual descontado para el fondo previsional efectivamente descontado al trabajador, que es un 10% de la remuneración. De manera que cuando nos dicen que la comisión de la AFP Planvital – la que menos cobra actualmente – es del 0,47%, en realidad estamos hablando de una comisión sobre el aporte descontado para el fondo previsional de un 4,7%, y la AFP Provida, que tiene las mayores comisiones, está cobrando un 15,4% sobre el monto de descuento obligatorio para los fondos de pensiones. A esta comisión, que se informa de manera abierta y clara, en adelanta la llamaremos “comisión normal”.

 

Lo que la mayoría de la gente ignora, es que además de la comisión normal que se transparenta en las cartolas, y en la información habitual de la superintendencia de previsión, hay otra comisión – menos transparente – cuya importancia quedó clara con la publicación de la NOTA TÉCNICA Nº1, que mencionamos antes. El Decreto Ley 3.500 que creó el sistema de AFP durante la dictadura, en su artículo 45 bis, autoriza a las AFP, en caso de invertir en el extranjero o en fondos mutuos nacionales, a cargar las comisiones que les cobren intermediarios financieros a los trabajadores cotizantes. En otras palabras, los trabajadores cotizantes pagan una comisión a las AFP para que administren sus fondos, sin embargo en los casos señalados, la AFP subcontrata la administración y paga de los propios fondos de los afiliados una nueva comisión por administrar los fondos.

Hay que destacar este último punto, la comisión que se descuenta de los fondos administrados tiene un impacto directo sobre el fondo acumulado, y por lo tanto sobre las pensiones futuras, a diferencia de la comisión normal. Esta última es independiente del 10% de la remuneración imponible que se descuenta para el fondo de previsión, y por lo mismo no incide en el monto de la pensión futura, aunque si en el importe líquido del salario que recibe el trabajador. Si la comisión es mayor, más grande es el descuento de la remuneración del trabajador. Se trata además de una comisión sobre una fracción importante de los fondos, el año 2013 las AFP invirtieron en fondos mutuos nacionales y en el extranjero un 40% del total invertido, porcentaje que se estima que seguirá aumentando en el futuro.

El monto del precio máximo para esas comisiones, es fijado por la SP. La diferencia que exceda de este precio máximo debe ser cancelada por la AFP. Sin embargo, desde 2004 en adelante las AFP sólo han pagado un poco más 0.1% de total de comisiones.

De acuerdo con la OCDE la comisión normal, que las AFP cobran considerando la vida laboral promedio, es de 0.67% de los fondos previsionales. Sin embargo si se suma las comisiones pagadas en virtud del artículo 45 bis, en promedio suben a 0,93%. En otras palabras esta comisión incrementa en cerca de un tercio el costo que debe pagar los trabajadores cotizantes a las AFP por administración de sus fondos.

La NOTA TÉCNICA N° 1, señala que “estas comisiones se pueden interpretar como un subsidio directo desde los cotizantes a las utilidades de las AFP’s, ya que éstas las descuentan directamente de los fondos de pensiones y no como un costo asociado íntegramente a su proceso de negocios”.

El impacto a largo plazo sobre los fondos acumulados para las pensiones a largo plazo es alto, la dirección de Estudios de la Secretaría de Previsión Social ha calculado que disminuiría la pensión final autofinanciada entre un quinto y un tercio.

[1] La Tercera. Sábado 15 de noviembre de 2014. Columna de Opinión. Marco Barraza. LA PARADOJA DE LAS

PENSIONES EN CHILE.

[2] Dirección de Estudios de la Secretaria de Previsión Social. NOTA TÉCNICA Nº1. Noviembre 2013. LOS COSTOS DE LAS COMISIONES PAGADAS POR LOS COTIZANTES EN EL SISTEMA AFP.

http://www.previsionsocial.gob.cl/subprev/?wpfb_dl=418rel=

 

Patricio Guzmán S.

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